sábado, 15 de septiembre de 2012

El tarjetero de la decimoquinta del oficial


La Liga Departamental del Fútbol dio a conocer las penas para los expulsados e informados, de la tercera fecha de la segunda del Torneo Oficial, Canal 2 Gualeguay Televisora Color, copa “Jorge Osvaldo Vuoto".


En el encuentro disputado entre Gualeguay Central y San Lorenzo, quienes vieron la tarjeta roja fueron:                 
a)   Perez, Matías R. (37.544.433)(Nº 10)(G. Central).-
Resolución: Se le aplican TRES partidos de suspensión, en base a los Arts. 200 inc. 3), del R.T.P.-
En el partido jugado entre Juventud y Ferrocarril Unidos y Barrio Norte, los jugadores que vieron la cartulina roja fueron
a)   Caffarena, Matías I. (29.126.663)(Nº 5)(Juventud).-
Resolución: Se le aplican DOS partidos de suspensión, en base a los Arts. 204 y 48 inc. a) 1º, del R.T.P.-
b)  Caffarena, Lucas G. (38.053.078)(Nº 15)(Juventud).-
Resolución: Se le aplican DOS partidos de suspensión, en base a los Arts. 202 inc. b, del R.T.P.-
c)   Fernandez, Franco D. (32.722.364)(Nº 7)(B. Norte).-
Resolución: Se le aplican DOS partidos de suspensión, en base a los Arts. 202 inc. b, del R.T.P.-

En tanto que por acumulación de amarillas, quienes llegaron a su quinta cartulina y se los suspende con UN partido son los siguientes jugadores:

a)   Se suspende con UN (01) partido, a los siguientes jugadores, por acumular CINCO (5) amonestaciones:
Lopez, Antonio M.
22.067.944
San Lorenzo
15/07
22/07
29/07
05/08
09/09
Deris, Nelson E.
34.680.965
S. Sportiva
17/03
15/07
22/07
05/08
09/09
Costa, Cesar R.   
33.317.620
Juvntud
25/03
06/0
08/07
05/08
09/09
Silva, Gabriel A.
26.711.609
El Progreso
11/03
13/05
10/06
15/07
09/09
Martinez, Juan A.        
34.204.349
Quilmes
03/06
24/06
08/07
05/08
09/09
Medina, Antonio U.
20.209.959
Urquiza
04/03
27/05
03/06
05/08
09/09

Además el tribunal de falta resuelve en base al BOLETÍN OFICIAL Nº 691 –  Sesión del día 11 de Septiembre  de 2012. Realizar una corrección
Atento a las facultades conferidas por el Reglamento de Transgresiones y Penas y considerando que el jugador Farías Jonathan es reincidente, por haber acumulado por segunda vez en la misma temporada, CINCO (05) amonestaciones, situación esta que fue omitida involuntariamente, este Tribunal Resuelve: Aplicar UN (01) partido más de suspensión, que se sumará al ya aplicado mediante boletín oficial Nº 690 en la resolución del expediente Nº 3053/11 AA/MM, por lo que deberá registrarse en el legajo personal del jugador Farías, Jonathan DOS partidos de suspensión, en base al Art. 208 del R.T.P.-

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