La Liga Departamental del Fútbol dio a conocer
las penas para los expulsados e informados, de la tercera fecha de la segunda
del Torneo Oficial, Canal 2 Gualeguay Televisora Color, copa “Jorge Osvaldo
Vuoto".
En el encuentro disputado entre Gualeguay Central y San
Lorenzo, quienes vieron la tarjeta roja fueron:
a)
Perez, Matías R. (37.544.433)(Nº 10)(G. Central).-
Resolución: Se le aplican TRES partidos de suspensión, en base a los Arts. 200 inc.
3), del R.T.P.-
En el partido jugado entre Juventud y Ferrocarril
Unidos y Barrio Norte, los jugadores que vieron la cartulina roja fueron
a) Caffarena, Matías I. (29.126.663)(Nº
5)(Juventud).-
Resolución: Se le aplican DOS partidos de suspensión, en base a los Arts. 204 y 48
inc. a) 1º, del R.T.P.-
b) Caffarena, Lucas G. (38.053.078)(Nº
15)(Juventud).-
Resolución: Se le aplican DOS partidos de suspensión, en base a los Arts. 202 inc.
b, del R.T.P.-
c) Fernandez, Franco D. (32.722.364)(Nº
7)(B. Norte).-
Resolución: Se le aplican DOS partidos de suspensión, en base a los Arts. 202 inc.
b, del R.T.P.-
En tanto que por acumulación de amarillas,
quienes llegaron a su quinta cartulina y se los suspende con UN partido son los
siguientes jugadores:
a)
Se suspende con UN (01) partido, a los
siguientes jugadores, por acumular CINCO (5) amonestaciones:
|
Lopez,
Antonio M.
|
22.067.944
|
San
Lorenzo
|
15/07
|
22/07
|
29/07
|
05/08
|
09/09
|
|
Deris,
Nelson E.
|
34.680.965
|
S.
Sportiva
|
17/03
|
15/07
|
22/07
|
05/08
|
09/09
|
|
Costa,
Cesar R.
|
33.317.620
|
Juvntud
|
25/03
|
06/0
|
08/07
|
05/08
|
09/09
|
|
Silva,
Gabriel A.
|
26.711.609
|
El
Progreso
|
11/03
|
13/05
|
10/06
|
15/07
|
09/09
|
|
Martinez, Juan A.
|
34.204.349
|
Quilmes
|
03/06
|
24/06
|
08/07
|
05/08
|
09/09
|
|
Medina,
Antonio U.
|
20.209.959
|
Urquiza
|
04/03
|
27/05
|
03/06
|
05/08
|
09/09
|
Además el
tribunal de falta resuelve en base al BOLETÍN OFICIAL Nº 691 – Sesión del día 11 de Septiembre de 2012. Realizar una corrección
Atento a las facultades conferidas por el Reglamento
de Transgresiones y Penas y considerando que el jugador Farías Jonathan es
reincidente, por haber acumulado por segunda vez en la misma temporada, CINCO
(05) amonestaciones, situación esta que fue omitida involuntariamente, este
Tribunal Resuelve: Aplicar UN (01) partido más de suspensión, que se
sumará al ya aplicado mediante boletín oficial Nº 690 en la resolución del
expediente Nº 3053/11 AA/MM, por lo que deberá registrarse en el legajo
personal del jugador Farías, Jonathan DOS partidos de suspensión, en base al
Art. 208 del R.T.P.-

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