El tribunal de penas de La liga departamental de Fútbol expuso mediante el boletín oficial N°1138 las sanciones para los expulsados en la pasada fecha de divisiones inferiores, además tomo medidas con dos reclamos transgresiones reglamentarias en dos partidos de tercera división.
Asunto:
Supuesta transgresión reglamentaria por parte del cuerpo técnico del Club
Centro Bancario Gualeguay
Resolución:
Visto y Considerando: El informe producido por la secretaría de la Liga Dptal.
de Fútbol, el descargo producido por el Club Centro Bancario Gualeguay, se Resuelve:
1.
Decretar la pérdida del partido al Club Centro Bancario Gualeguay,
deduciéndosele los puntos correspondientes a dicho partido, (Art. 107)
2.
A todos sus efectos se deberá registrar el siguiente resultado: CERO GOL para
el Club Centro Bancario Gualeguay y UN gol en contra.
3.
Mantener para el Club Atlético Urquiza, el resultado de empate, registrado al
término del partido en cuestión de UN GOL para el Club Centro Bancario y UN gol
para el Club A. Urquiza
4.
Aplicar, al Club Centro Bancario Gualeguay, multa de v.e. 21, en base al Art.
287 inc. 1°, 94 del R.T.P.
5.
Publíquese y oportunamente archívese.
Expediente
5645/25 JFU/SS: Encuentro de tercera división, disputado el 12/04/2025, entre
Juventud y F. Unidos vs Sociedad Sportiva, por la 2da fecha, 1ra rueda, – “Copa
50 aniversario – Grupo El Rodeo”.
Resolución:
Atento a los informes obrantes, el descargo presentado por parte del Club
Juventud y F. Unidos, este Tribunal de Penas Resuelve:
1.
Se decreta la pérdida del partido al Club Juventud y F. Unidos, deduciéndosele
los puntos correspondientes a dicho partido, (Art. 107)
2.
A todos sus efectos se deberá registrar el siguiente resultado: CERO GOL a
favor para el Club Juventud y F. Unidos y DOS goles en contra, y, mantener para
el Club Sociedad Sportiva, el resultado registrado al término del partido en
cuestión de TRES GOLES a favor para el Club Juventud y F. Unidos y DOS GOLES en
contra, Arts. 152 y 153 del R.T.P.
3.
Aplicar al Club Juventud y F. Unidos, multa de v.e. 42 – Art. 91 inc. a) del
R.T.P.
4.
Publíquese y oportunamente archívese.
a)
Vega, Sebastián Matías (28.209.512)(Aux. N° 2)(Urquiza).
Resolución:
Se le aplican TRES (3) partidos de suspensión,
Arts. 260, 186, 32 y 33 del RTP
a)
Estape, Rodolfo Julian (47.528.146)(N° 6)(Urquiza).
Resolución:
Se le aplican DOS (2) partidos de
suspensión, Arts. 204, 32 y 33 del RTP
b)
Luna, Sebastián Valentín (46.860.062)(N° 10)(Urquiza).-
Resolución:
Se le aplican DOS (2) partidos de
suspensión, Arts. 201 a), 32 y 33 del RTP
c)
Reynoso, Lautaro Damián (47.844.549)(N° 2)(B. Norte).
Resolución:
Se le aplican DOS (2) partidos de
suspensión, Arts. 201 b), 32 y 33 del RTP
a)
Ibarra, Víctor Alfredo (36.318.569)(N° 8)(B. Norte).
Resolución:
Se le aplica UN (1) partido de
suspensión, Arts. 186, 32 y 33 del RTP
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